jueves, 3 de mayo de 2012

Nueva Ley Orgánica del Trabajo. 2012 aspectos mas importantes


Aspectos más importantes contenidos en la Nueva Ley Orgánica del Trabajo.

El pasado 01 de Mayo de 2012 el Presidente de la República, vía decreto presidencial firmo lo que sería la nueva Ley Orgánica del Trabajo, la cual se encuentra en la espera de la verificación del carácter orgánico de la misma por parte del Tribunal Supremo de Justicia. Dentro de las disposiciones y cambios más destacado e importantes se pueden señalar:
  •       Se establece la obligatoriedad de que todas las personas que ostenten los cargos de jefe de relaciones industriales, de personal, capitanes de buques, aeronaves o funciones análogas sean de nacionalidad venezolana.
  •        Se elimina los términos como ¨empresa¨ siendo este sustituido por el de ¨entidad de trabajo¨. Igualmente se elimina la distinción entre trabajador, empleado y obrero calificado, así como la calificación de trabajador de confianza.
  •       Se define a la Tercerización como simulación o fraude por lo que es prohibido, aclarando que sigue permitido el empleo de Contratista y que no debe entenderse que las mismas son intermediaras o tercerizadoras.
  •      Se amplía el tiempo de prescripción de las acciones. En el caso de reclamos que versen sobre las Prestaciones Sociales será de 10 años y para el resto de los procedimientos será de 5 años.
  •       Se establece que en aquellos casos donde el Estado adquiera de manera forzosa los bienes de una entidad de trabajo, no operara la figura de la ¨Sustitución de Patrono¨
  •      En relación a los supuestos que den origen a la suspensión de la relación de trabajo, para aquellos casos que la misma se de con ocasión a una enfermedad o accidente, bien sea de origen ocupacional o común, el Patrono deberá pagar la diferencia entre el salario y lo pagado por el ente con competencia en seguridad social.
  •       Inclusión del acoso laboral o sexual como causal de despido y retiro justificado.
  •       Los trabajadores gozarán de estabilidad a partir del primer mes de servicio.
  •       Ante la negativa Patronal de acatar la orden de reenganche de un trabajador, se permite el embargo de bienes por vía ejecutiva para satisfacer y garantizar el pago de salarios caídos. De igual modo, está negativa se considerará como delito de desacato, con una pena de prisión de 6 a 15 meses.
  •       El retraso en el pago del salario generara intereses moratorios.
  •       Se aumenta el límite mínimo a repartir por concepto de utilidades de 15 días a 30 días de salario.
  •        Se aumenta el límite mínimo a cancelar por concepto de Bonificación de Fin de Año de 15 a 30 días hábiles.
  •       Se instituye como Garantía de la Prestaciones Sociales el pago de 15 días de salario trimestral, en base al último salario devengado, el mismo deberá se depositado en un fidecomiso, en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales o en la contabilidad de la entidad de trabajo, a solicitud del trabajador.
  •        Terminada la relación laboral las prestaciones sociales se calcularan tomando como referencia 30 días del último salario devengado que se multiplicarán por los años de servicio, el monto que resultaré se comparará con el depositado como garantía de las prestaciones sociales y se le concederá al trabajador el que resulte mayor.
  •          Se reduce la jornada laboral diurna de 44 horas semanales máximas a 40 horas semanales máximas, y la obligatoriedad de que el trabajador disfrute de 2 días de descanso seguidos.
  •          Se aumenta el mínimo a cancelar por concepto de Bono Vacacional de 7 días de salario a 15 días de salario.
  •          Se extiende el periodo de reposo postnatal a 20 semanas, prorrogables según opinión médica.
El presente cuerpo normativo no será aplicado hasta tanto no sea publicado en Gaceta Oficial, por lo que continua vigente la Ley Orgánica del Trabajo de 1997.


fuente: LOT
Johanna Garcia W. 
Global Legal Consulting
division laboral

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