martes, 12 de abril de 2011

nuevo monto minimo para conformacion de cheques

El Banco Central de Venezuela,  informo mediante aviso oficial de fecha 30 de marzo, publicado en Gaceta Oficial numero 39.646 de fecha 31 de marzo de 2011, a las instituciones bancarias regidas por la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, así como al público en general que, con el objetivo de promover los instrumentos de pago electrónico, el mejoramiento de la calidad del servicio a los clientes mediante la resolución de la congestión en las agencias bancarias, y el uso racional de los instrumentos de pago:  A partir del 1º de abril de 2011, las instituciones bancarias deberán efectuar, a través de los mecanismos dispuestos al efecto, la conformación de los cheques girados contra cuentas de depósito a la vista, emitidos por personas naturales o jurídicas, siempre que su monto sea igual o superior a los CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00).

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