lunes, 17 de enero de 2011

Inscripcion en el Registro de los Traspasos de Acciones

                                                                                                                            Venezuela enero 2011

En Sentencia de fecha 13 de enero de 2011, expediente No. 2009-0785 la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, donde ratifica el criterio establecido originalmente en sentencia del 25 de marzo de 2009 (caso: AGROFLORA) respecto de la necesidad de inscribir en el Registro Mercantil y publicar los actos de traspaso de las acciones de una sociedad mercantil para que produzcan efectos frente a terceros.

Es de notar, tal y como lo expresa la citada sentencia que, en fallo del 28 de julio de 2010, de esa misma sala, se había abandonado -tácitamente-  este precedente al señalar que: respecto a la cesión de acciones, para que ella pueda considerarse realmente efectuada debe contener la aceptación del cedente y del cesionario, que se manifiesta con la rúbrica que aquéllos estampen en el libro de accionistas”.

Pero, esta Sala  consideró nuevamente que la “…intención del Legislador fue la exigir la debida constancia en el Registro Mercantil de todas aquellas actuaciones que signifiquen cambios en los documentos constitutivos-estatutarios que interesen a terceros, así como la publicación de dichas reformas; siendo a partir de ésta que los terceros estarán en conocimiento de las modificaciones que puedan haber ocurrido en las sociedades de que se trate”. Entre estas modificaciones, entendió la Sala Político-Administrativa, se debe entender la conformación societaria o accionaria de la sociedad y de quiénes están en capacidad de obligar a dicha compañía”

No hay comentarios.:

Publicar un comentario