Departamento Civil, Mercantil, Agrario
Abogado Asociado de Global Legal Consulting
Tradicionalmente, el proceso civil venezolano se ha venido efectuando
por medio de escritos o diligencias realizadas por ante el secretario de cada
tribunal. Asimismo, para verificar una actuación procesal la parte interesada
solicita el expediente en el archivo y puede visualizar la actuación. Estos dos
elementos son solo alguno de la denominada tradición y costumbre del proceso
civil. Se debe destacar, que esta tradición fue modificada recientemente por
medio de la Sala Plena y con la implementación de un conjunto de cambios que a
continuación simplificaremos en este articulo.
El pasado 26 de octubre del
año 2011, la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia y mediante Resolución 2011-0051, regulo la creación de los Circuitos
Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito a nivel nacional, bajo la
estructura organizacional de Circuito Judicial, con la utilización de un
Sistema Automatizado de Gestión para optimizar el servicio de administración de
justicia en los Tribunales Civiles, Mercantiles y del Tránsito del país
Estos circuitos civiles a nivel nacional
estarán conformados por Jueces Superior, Jueces de Primera Instancia, Jueces de
Municipios Ordinarios, Ejecutores o de Consignaciones, Juez o Jueza Coordinador
Civil, Coordinador o Coordinadora Judicial,
Coordinador o Coordinadora de Secretaría, Coordinadores o Coordinadoras de
Áreas, Coordinador Coordinadora de Asistentes, Abogados y abogadas
asistentes, cuando fueren necesarios,
Los Secretarios Judiciales, Auxiliares de secretarios y secretarias, Alguaciles, asistentes,
auxiliares administrativos, archivistas, contabilistas y demás profesionales necesarios
para su funcionamiento.
Igualmente, los
circuitos civiles estarán constituidos por la coordinadora del circuito civil,
las oficinas de apoyo directo a la actividad jurisdiccional y las oficinas de
servicios comunes procesales.
Ahora bien, dentro de las
funciones de las oficinas de apoyo directo se encuentran divididas en : La
Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), La Oficina de atención al
público, la oficina de control de consignaciones, el archivo sede y el servicio de alguacilazgo.
En el mismo orden de ideas, se debe
destacar que la unidad de recepción y
distribución de documentos (URDD) estará encargada de recibir y distribuir
de forma automatizada, cualquier documento que este dirigido a los Circuitos
Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito.
Los tipos de documentos que se recibirán serán los referentes
a: Asuntos nuevos y en apelación, Escritos, solicitudes, recursos y otras
actuaciones que guarden relación con asuntos que correspondan a los Circuitos
Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito, Correspondencia y comisiones
dirigidas a los Circuitos Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito. Se
debe evidenciar que este es el primer cambio sustancial ya que como se aprecia
todo escrito o diligencia será recibido por una unidad específica y no como
tradicionalmente estamos acostumbrados ante el secretario o la secretaria del
tribunal.
Por otro lado, en cuenta a la oficina de atención al público tendrá
como funciones; atender al público en general,
Aportar la información a los interesados
sobre el estado de los asuntos que requieran,
Entregar las copias de los documentos
solicitados por los interesados.
Al mismo tiempo, en cuanto Oficina de Control de Consignaciones tendrán como funciones: control contable de los movimientos de dinero de los
asuntos que llevan los tribunales y estará a cargo de un Coordinador o
Coordinadora de Área, quien le reportará al Coordinador o Coordinadora Judicial
correspondiente. Esta oficina, llevará un registro automatizado, en el cual se
asentarán los datos relativos a las consignaciones realizadas por los
interesados.
Por último, se
encuentra la oficina de alguacilazgo que no es es otra cosa que un servicio compuesto por varias unidades u
oficinas que brindaran diferentes servicios, los cuales no necesariamente se
encontrarán ubicados físicamente en un mismo lugar. Esta Oficina estará
dirigida por el Coordinador o Coordinadora de Alguacilazgo, quien tiene a su
cargo la distribución, orientación, horarios y en general, la supervisión del
cumplimiento de las funciones propias de los alguaciles, quienes serán rotados
entre las diferentes funciones del alguacilazgo, dependiendo directamente de la
unidad en que se encuentren asignados temporalmente.
En cuanto a
la oficina de alguacilazgo estará constituida por la unidad de control interno (encargará del transporte de todos los
documentos tales como: escritos, libelos, solicitudes, expedientes y cualquier
correspondencia o comunicación en el interior de la sede judicial), Unidad de Actos de Comunicación (encargará de practicar las citaciones,
notificaciones, envío de oficios, comisiones,
expedientes u otro tipo de comunicaciones a organismos u entes externos de la
sede judicial) , y la Unidad de Seguridad y Orden (encargada de
preservar la seguridad interna y externa de la sede donde funcionan los
Circuitos Judiciales ).
Por último, se
debe mencionar las sedes piloto estarán en los estados: Amazonas, Anzoátegui,
Área Metropolitana de Caracas, Vargas, Carabobo extensión Puerto Cabello, Lara,
Guárico, Nueva Esparta, Bolívar, Trujillo y Zulia, quienes poseen una
infraestructura y demás requerimientos que hacen viable su implementación en
seis (06) meses prorrogables.
En
los demás estados se irán acondicionado las sedes judiciales para su óptimo
funcionamiento, en un plazo de dos (02) años prorrogables, contados a partir de
lo regulado por la Disposición Final Única de esta Resolución.
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